Gran Bretaña es el ejemplo. Allí, sólo el 5% de los conflictos deben ser resueltos por el juez, tras haber pasado por un proceso de mediación. En Andalucía, el objetivo es más ambicioso y se aspira a conseguir que la totalidad de discrepancias entre partes en el ámbito civil sean resueltas en este paso previo, sin necesidad de llegar al Juzgado. En el fondo, la necesidad de aliviar la carga de trabajo que colapsa la Justicia.Read More →

Ramón Peña González-Concheiro  abogado, árbitro (MCIArb) y mediador en Palacio y Asociados. http://cincodias.com/cincodias/2016/07/15/empresas/1468594488_408865.html Resultan fundamentales las motivaciones personales, siendo una de las principales tareas del mediador la de traducir peticiones en necesidades Es habitual, al tratar de definir el proceso de mediación, hacerlo por comparación con el procedimiento judicial. Los profesionales del ramo suelen alabar –con razón–, entre otras ventajas, el hecho de que el acuerdo de mediación lo deciden las partes, sobre la base de aquello que las mismas consideran que cubre sus verdaderas necesidades, frente a la sentencia judicial, a través de la cual el juez se pronuncia dentro del marco fijado por losRead More →

El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado un desahucio en Navalcarnero (Madrid) al haber sido notificado el afectado mediante edictos fijados en el tablón de anuncios del Juzgado que llevó el caso y no de forma personal, lo que le generó indefensión. 25/03/2014 – EFE, MadridRead More →

Real Decreto 892/2013, de 15 de noviembre, publicado en el B.O.E. de 3 de diciembre,  por el que se regula el Registro Público Concursal.  A través de esta norma jurídica se  crea el Registro Público  Concursal  estableciendo una  regulación  acorde con las distintas reformas  adoptadas en materia concursal, incluyendo las relativas a los acuerdos  de mediación  contemplados en la Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. La concepción del Registro Público Concursal responde al principio de unidad de información. Para ello prevé  dar  cabida,  tanto a  las resoluciones procesales que se adopten a lo largo del proceso concursal, como las que implicanRead More →

¿Qué  significa la confidencialidad del mediador? Cualquier   análisis sobre la figura del mediador no pude  ignorar   el principio de  confidencialidad  que envuelve   el proceso de  la mediación, al mediador y a las propias partes.  Quizás,  desde el punto de vista del mediador, la consecuencia con más repercusión jurídica sea que  los mediadores, por los hechos  que  conozcan  como consecuencia de dicha mediación,  no están obligados a  declarar, como testigos, ni en un procedimiento civil, mercantil o en arbitraje y en el procedimiento penal, sólo si el Juez por resolución motivada así lo estima.  Este principio de Confidencialidad sé ni los mediadores ni las personas queRead More →

¿Cuántos Modelos de Mediación existen? Harvard Narrativa Circular Transformativa La causa del conflicto es el desacuerdo Las causas del conflicto  se retroalimentan creando una  situación circular Los intereses  son los relacionales  con el conflicto El acuerdo es  fundamental Lo importante es  mejorar las relaciones. Los  acuerdos  son circunstanciales Los acuerdos no son importantes. Importa la adquisición de habilidades  de tratamiento de conflictos.    MODELO HARVARD  Creado en la Universidad  de Harvard hace tres décadas. La mediación se define como una  negociación  colaborativa asistida  por un tercero. El conflicto    impide la satisfacción de las necesidades e intereses de las partes. El objetivo de la mediación esRead More →

En toda mediación cabe distinguir unas características esenciales que podríamos definir como invariables, y otros rasgos o aspectos que pueden variar en función de determinadas circunstancias. La mayoría de los autores que se han ocupado de la mediación, coinciden en señalar como características esenciales, “las siguientes: la mediación es un proceso o método de resolución de conflictos, en el que las partes principales y/o sus representantes, con la asistencia de un tercero imparcial, el mediador,  consiguen por sí mismas, a través de la discusión y la negociación.  adoptar acuerdos mutuamente satisfactorios para ambas partes. Read More →

La Mediación debemos entenderla como aquel mecanismo de resolución alternativa de conflictos (MARC) que ayuda a satisfacer de forma pacífica diferentes tipos de conflictos. En nuestro país se considera una formula de autocomposición eficaz para la resolución de controversias en aquellos supuestos en el que el conflicto jurídico afecta a derechos subjetivos de carácter dispositivo. La mediación también se define como un sistema de negociación asistida, mediante el cual las partes involucradas en un conflicto intentan resolverlo por sí mismas, con la ayuda de un tercero imparcial (el mediador), que actúa como conductor de la sesión, ayudando a las personas que participan en la mediaciónRead More →